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martes, 21 de julio de 2020

Tarifas de INTT sufrieron cambios

Clapvenezuela.-  El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) informó que a partir de 1 de julio entró en vigencia la actualización de tarifas de los diversos trámites y servicios vehiculares que ofrece y los mismos fueron anclados a la criptomoneda Petro.


La institución informó que fue activado el plan de atención de usuarios en sus oficinas regionales del país para agilizar y disminuir el tiempo de permanencia de los usuarios en oficinas y así mantener las medidas sanitarias para prevenir los contagios por Covid-19.

Licencia de 2do grado:
Examen y emisión: 0,066856092 petros ---> Bs. 803.966 
La renovación: Bs. 548.457

Licencia de 3er grado:
Examen y emisión: 0,116998161 petros ---> Bs. 1.406.940
La renovación: Bs. 1.004.957

Licencia de 4to grado: 
Examen y emisión: 0,200568277 petros ---> Bs. 2.411.898
La renovación: Bs 1.607.932

Licencia de 5to grado:
Examen y emisión: 0,250710346 petros ---> Bs. 3.014.873
La renovación: Bs. 2.009.915

Registro de Vehículos
0,25071035 petros ---> Bs. 3.014.873 para vehículos particulares
0,05014207 petros ---> Bs. 602.974 para motos de baja cilindrada
5,01420692 petros ---> Bs. 60.297.465 para vehículos importados.

Traspaso de vehículos
0,16714023 petros ---> Bs. 2.009.915 para vehículos particulares.
0,33428046 petros ---> Bs. 4.019.831 para transporte de carga.
0,05014207 petros ---> Bs. 602.974 para traspaso de motocicletas de baja cilindrada
0,16714023. petros ---> Bs. 2.009.915 para traspaso de motocicletas de alta cilindrada

Las placas:
Para vehículos particulares Bs. 6.029.746 ---> 0,50142069 petros
Para transporte público Bs. 3.014.873 ---> 0,25071035 petros
Para vehículos de carga Bs. 10.049.577 ---> 0,83570115 petros
Para motos de baja cilindrada Bs. 2.009.915 ---> 0,16714023. petros

La carta consular:
0,66856092 petros ---> Bs. 8.039.662

O.H.  |   www.clapvenezuela.com

martes, 5 de mayo de 2020

Nuevo Sistema Automatizado de Renovación de la Licencia para Conducir

Clapvenezuela.-  El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) anuncio que a partir de este lunes 4 de mayo entrara en funcionamiento el sistema automatizado de la Renovación de la Licencia para Conducir, para que los usuarios pueden realizar el tramite completo, y obtener directamente en su correo electrónico la Licencia para Conducir, enmarcado en los avances de la Gran Misión Transporte Venezuela.


Con solo ingresar a la página web del ente: www.intt.gob.ve y en los casos que sea la primera vez deberá registrarse, para obtener el usuario y contraseña.



Luego de los ajustes necesarios realizados en su plataforma tecnológica la institución comienza a automatizar sus tramites, como parte de las estrategias del Gobierno Nacional para brindar bienestar y atención al ciudadano, durante la cuarentena social nacional que se está presentando como medida de prevención contra la propagación de la Covid-19 en Venezuela.


A través de su computador o dispositivo inteligente podrán realizar la solicitud de renovación de la licencia en cualquier grado, siguiendo unos simples pasos que el sistema ira indicando de forma clara y dinámica. Solo deberá ir al menú desplegable: “Servicios Automatizados” / “Renovación de Licencias”.


O.H.  |   www.clapvenezuela.com

martes, 3 de marzo de 2020

Actualización de tarifas de los servicios prestados por el INTT

Clapvenezuela.- El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Transporte (MPPT), anuncio la actualización de las tarifas para los servicios que presta la institución, de conformidad con lo establecido en la Ley de Transporte Terrestre, que lo facultad para establecer las tarifas cobradas por los trámites y servicios que presta. La mencionada actualización incidirá de manera  positiva en la recaudación de los ingresos propios del organismo, para continuar manteniéndose como una institución productiva, eficiente y sustentable y a su ves continuar ofreciendo unas tarifas justas y solidarias en el ámbito de trámites y servicios prestados.


Las nuevas tarifas se desglosan a continuación:

Licencia por primera ves:
  • 2° grado Bs. 175.000
  • 3° grado Bs. 250.000
  • 4° grado Bs. 375.000 + Examen Teórico Práctico 120.000 Bs
  • 5° grado Bs. 625.000 + Examen Teórico Práctico 120.000 Bs

Renovación de licencias:
  • 2° grado Bs. 31.000
  • 3° grado Bs. 100.000
  • 4° grado Bs. 150.000
  • 5° grado Bs. 250.000

Registro Original de Vehículos:
  • Vehículos Particulares 500.000 Bolívares 
  • Motos de Baja Cilindrada 125.000 Bolívares 
  • Vehículos importados 4.250.000 Bolívares 

Traspaso de Vehículos:
  • Vehículos Particulares 500.000 Bs 
  • Transporte de Carga  750.000 Bs. 
  • Motocicletas de Baja Cilindrada tiene 31.250 Bs
  • Motocicletas de Alta  Cilindrada 750.000 Bs.

  Placas para los vehículos:

  • Particulares 1.000.000 Bs, 
  • Transporte Público 500.000 Bs 
  • Vehículos de Carga 3.750.000 Bs.
  • Motos de Baja Cilindrada  125.000 Bs.


La Carta Consular, el único documento que avala de manera internacional la licencia de manejo venezolana 3.000.000 Bs.

O.H.  |   www.clapvenezuela.com 

jueves, 12 de septiembre de 2019

Conozca las nuevas tarifas de tramites y servicios del INTT


Publicaron las nuevas tarifas para trámites y servicios vehiculares


       Imagen referencial 

Clapvenezuela.  A partir de este jueves hay nuevas tarifas para trámites y servicios vehiculares, asi fue anunciado por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT).
Se publicó la lista de los nuevos costos de  los trámites que suelen ser más solicitados por los usuarios. Y destacó que el monto puede variar según la modalidad del vehículo.
Las nuevas tarifas de los trámites y servicios quedaron establecidos de la siguiente manera:
Emisión de licencias:
2° grado: Bs. 20.000, 3° grado: Bs. 34.000, 4° grado: Bs. 40.000, 5° grado Bs. 80.000
Renovación de licencias:
2° grado: Bs. 5.000, 3° grado: Bs. 8.000, 4° grado: Bs. 20.000, 5° grado: Bs. 20.000
El  registro original de vehículos paso desde los 80 mil bolívares, hasta los Bs. 2.892.000 para vehículos importados.
El registro original de motocicletas de baja cilindrada tiene un costo de 9.000 bolívares.
En traspaso de vehículos, el precio del trámite oscila entre los 80 mil bolívares hasta los Bs. 120 mil.
El traspaso de motocicletas de baja cilindrada  Bs. 5.000.
La emisión de nuevos certificados de registro para vehículos alcanzó un monto de Bs. 80.000. En el caso de las motocicletas de baja cilindrada el trámite tiene un costo de 5.000 bolívares.
Las placas para los vehículos van desde los 80 mil bolívares, hasta los Bs. 200.000.
El INTT indico que de conformidad con la Ley de Transporte Terrestre, este  tiene la facultad de establecer las tarifas por los trámites y servicios prestados, aclarando que la actualización de las mismas incidirá positivamente en la recaudación de los ingresos del organismo.
Las tarifas pueden ser consultadas por medio de la página web oficial del instituto www.intt.gob.ve, o en cada una de sus oficinas ubicadas en todo el territorio nacional.
O.H.  |   www.clapvenezuela.com 

miércoles, 24 de octubre de 2018

Conozca las nuevas tarifas de trámites y servicios vehiculares del INTT

Clapvenezuela.-  El Instituto Nacional de Transporte Terrestre, (INTT) cumple con informar a todos sus usuarios que, a partir del lunes 22 de octubre, entraron en vigencia las nuevas tarifas para trámites y servicios vehiculares, esto en el marco de las políticas vinculadas al transporte promovidas por el Primer Mandatario Nacional, Nicolás Maduro y el Ministro del Poder Popular para el Transporte, Ing. Hipólito Abreu.


Los costos de los trámites más solicitados ante el ente.

  • Carta para Efectos Consulares: 3.600,12 BsS.
  • Licencias por primera vez y renovación
    • 2° grado 225,20 BsS.
    • 3° grado 360,25 BsS.
    • 4° grado 900,30 BsS.
    • 5° grado 900,35 BsS.
  • Registro Original de Vehículo: 900,35 BsS. Hasta 5400,58 BsS
  • Traspaso desde 900,22 BsS hasta 5.400,16 BsS
  • Placas 900,26 BsS hasta 5.400,26 BsS
  • Emisión de Nuevo Certificado de Registro 900,12 BsS.

Los vehículos que vayan a ser registrados ante el ente haciendo uso de la Declaración Jurada, como lo estipula el Artículo N°8 de la Providencia Administrativa de Simplificación de Trámites publicada en la Gaceta Oficial 41.469 de fecha 28 de agosto de 2018, deberán cancelar un monto desde 900,38 BsS hasta 3.600 BsS adicional al trámite.

El INTT de conformidad con la Ley de Transporte Terrestre, tiene la facultad de establecer las tarifas por los trámites y servicios prestados. Las actualizaciones de las mismas incidirán positivamente en la recaudación de los ingresos del organismo, manteniéndose como una institución productiva, eficiente y sustentable.

Estas acciones se encuentran enmarcadas en la octava línea estratégica del Plan de Recuperación, Crecimiento y Prosperidad Económica, establecido por el Presidente de la Republica, Nicolás Maduro y, a su vez, el Plan de 100 Días en Sobre Marcha con Misión Transporte, impulsado por el Ministro de Poder Popular para el Transporte, Ing. Hipólito Abreu.


Para consultar las tarifas de todos los trámites que ofrece el INTT, ingrese a la página web oficial www.intt.gob.ve o visite cualquiera de nuestras 73 oficinas ubicadas en todo el territorio nacional.


jueves, 6 de septiembre de 2018

Dudas con el nuevo registro del Intt

Clapvenezuela.-  Todas las personas que posean vehículos bajo la figura de declaración jurada, es decir, que no tienen los documentos de propiedad, no podrán venderlos en un lapso de dos años, según la Gaceta Oficial Nº 41.470.



El artículo 8 establece: “Los vehículos a motor registrado bajo la declaración jurada objeto de la presente Providencia Administrativa, no podrán ser enajenados sea a título gratuito u oneroso dentro de un lapso de dos (2) años siguientes a su inscripción en el Registro; el cual se dejará constancia en el Certificado de Registro de Vehículo expedido”. “Leí la Gaceta oficial y allí no encontré nada diferente a lo que teníamos en el pasado, ya que, la Resolución se refiere única y exclusivamente a los vehículos que vayan a ser registrados o a cambiar de titular ante el registro, pero, con el agravante de no tener la documentación completa”, explicó Noel Álvarez.

Indicó que “en el país todavía permanecen vehículos que no han sido registrados en el sistema computarizado o también podría darse el caso que usted o yo hayamos comprado un vehículo, que, aun estando registrado, el propietario anterior no firmó el documento de compraventa ante un notario y se fue al exterior o simplemente no puedo ubicarlo”. “Para poder registrar el vehículo a mi nombre, antes se elaboraba un título supletorio o una Acción Mero Declarativa ante un tribunal. Hoy ellos hablan de una declaración jurada, tendríamos que ver el procedimiento que utilizarán, en todo caso, lo que quiero dejar claro es que, si usted tiene todos los documentos de su vehículo en regla, este procedimiento no le concierne. No nos hagamos eco de bolas de humo y no propiciemos más caos”, suplicó Álvarez.


Considera que es correcto que le coloquen a este tipo de trámites especiales una prohibición de enajenación por un tiempo prudencial “para salvaguardar los derechos del propietario anterior porque en caso de que el vehículo haya sido obtenido por caminos distintos a los previstos en la legislación, le pueda ser reintegrado al legítimo propietario, es decir, al solicitante se le entrega solo la posesión, mas no la propiedad del vehículo, hasta tanto se cumpla el periodo de reserva. Antes los jueces llamaban a este procedimiento Guarda y Custodia”. En Gaceta Oficial N° 41.469, de fecha 28 de agosto, fue publicada una providencia del Ministerio para el Transporte, en la que se establece de forma provisional el procedimiento especial para realizar la inscripción ante el Registro del Sistema Nacional de Transporte Terrestre, única y exclusivamente en aquellos casos cuyos propietarios de vehículos a motor, no dispongan de todos los requisitos previstos en la ley. El objetivo, de acuerdo con la resolución, es demostrar de forma auténtica la propiedad de dicho vehículo a motor ante el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT).

“Los vehículos a motor registrado bajo la declaración jurada objeto de la presente Providencia Administrativa, no podrán ser enajenados sea a título gratuito u oneroso dentro de un lapso de dos (2) años siguientes a su inscripción en el Registro; el cual se dejará constancia en el Certificado de Registro de Vehículo expedido”, se señala en el documento.



PROCEDIMIENTO PROVISIONAL ESPECIAL PARA LA INSCRIPCIÓN ANTE EL REGISTRO DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE DE LOS VEHÍCULOS A MOTOR

Artículo 1. Se establece de forma provisional el procedimiento especial para llevar a cabo la inscripción ante el Registro del Sistema Nacional de Transporte Terrestre, única y exclusivamente, en aquellos casos cuyos propietarios de vehículos a motor, no dispongan de todos los requisitos previstos en la Ley de Transporte y su Reglamento, para demostrar de forma auténtica la propiedad de dicho vehículo a motor ante el Instituto.

Artículo 2. El Instituto Nacional de Transporte Terrestre sólo tramitará conforme a esta Providencia Administrativa, el registro de un vehículo a motor previa consignación y verificación de cualquiera de los documentos que acredite la adquisición del mismo tales como:

1. Certificado de origen, factura o documento de compra proveniente de un fabricante, ensamblador o concesionario de vehículos.

2. Documentos de importación, planilla de liquidación de los derechos correspondientes, certificado de título, primera y segunda revisión de vehículos a motor importados, efectuada por ante el Resguardo Aduanero de la Guardia Nacional Bolivariana, o cualquier otro documento en original válido que acredite la adquisición del mismo.

3. Declaración jurada debidamente autenticada, la cual contenga una descripción clara, inteligible de la procedencia y forma de adquisición de dichogVehículo.

4. Experticia de verificación legal de vehículo. Este requisito es de obligatorio cumplimiento en todos los casos.

5. Si la solicitud se realiza a través de apoderado, consignar el documento que así lo acredite. 
6. Cualquier otro documento que en forma fehaciente demuestre la adquisición del vehículo a motor.

Artículo 3. A los fines de dejar la constancia de inscripción en el Registro del Sistema Nacional de Transporte Terrestre, el propietario que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo anterior, deberá adicionalmente suministrar al Instituto Nacional de Transporte Terrestre, los siguientes datos: 1. Persona natural: nombres y apellidos del propietario, número de cédula de identidad, número de teléfono o de contacto, correo electrónilo y la dirección de residencia o domicilio. 2. Persona jurídica: razón social o denominación comercial, domicilio, estatutos sociales, acta constitutiva, registro de información fiscal (RIF), número telefónico o de contacto, correo electrónico, nombre, apellido y número de cédula del representante legal.

Artículo 4. El funcionario encargado de tramitar la inscripción en el Registro del Sistema Nacional de Transporte Terrestre, cuya solicitud encuadre en los supuestos de hecho establecidos en esta Providencia Administrativa, deberá tomar las acciones pertinentes a fin de comprobar en la medida de lo posible, la existencia de algún documento que pudiera habérsele presentado en copia simple o que se le haya declarado su existencia en los archivos de algún otro Órgano o Ente Público, todo de conformidad con lo dispuesto en el Decreto con rango, Valor y Fuerza de Ley de Simplificación de Trámites Administrativos.

Artículo 5. Los particulares que hayan suministrado datos falsos en el curso de la tramitación a la que se refiere esta Providencia Administrativa, serán sancionados conforme a lo establecido en el ordenamiento jurídico vigente.

Artículo 6. Los funcionarios y empleados del Instituto Nacional de Transporte Terrestre, que sean responsables por el incumplimiento, retardo, omisión o distorsión de las disposiciones a las que se refiere esta Providencia Administrativa, serán sancionados conforme a lo establecido en el Decreto con rango, valor y Fuerza de la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos.

Artículo 7. El procedimiento especial para llevar a cabo la inscripción ante el Registro del Sistema Nacional de Transporte Terrestre establecido de forma provisional, objeto de esta Providencia administrativa, tendrá una vigencia de tres (03) meses contados a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Artículo 8. Los vehículos a motor registrado bajo la declaración jurada objeto de la presente Providencia Administrativa, no podrán ser enajenados sea a título gratuito u oneroso dentro de un lapso de dos (2) años siguientes a su inscripción en el Registro; el cual se dejará constancia en el Certificado de Registro de Vehículo expedido.

Artículo 9. Esta Providencia administrativa entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Comuníquese y Publíquese.



miércoles, 5 de septiembre de 2018

Operativo especial de registro realizará INTT a partir del 6 de septiembre

Clapvenezuela.- El vicepresidente de Comunicación, Cultura y Turismo, Jorge Rodríguez, anunció que a partir del jueves 6 hasta el domingo 9 de septiembre se realizará un operativo especial de registro para los transportistas con el fin de actualizar los documentos.

Explicó el vicepresidente Rodríguez que de 3 millones 391 mil 500 vehículos registrados en todo el territorio nacional, 2 millones 787 mil tienen sus placas correspondientes en el Instituto Nacional de Transporte (Intt), lo que significa un 82% de la población y 53,26% corresponde a los registrados a través del carnet de la patria.

“Es por ello que se abrirá un mecanismo especial de registro con los trámites, lo más simplificado posible para que todos los que todavía no han podido adaptar sus situaciones de su vehículo y el registro en tránsito terrestre, pues vaya a cualquiera de las sedes del Intt y asista al registro especial que tendrá lugar en jueves, viernes, sábado y domingo”, dijo.



El vicepresidente de Comunicación también se refirió al aumento de la gasolina y recordó que este martes inició el período de prueba del subsidio directo de la gasolina a través del carnet de la patria en diversos municipios de la zona fronteriza del país vía captahuella.