Clapvenezuela.- Ya salió la publicación de la Gaceta Oficial con el Decreto Numero 3.584, donde se precisa cuáles son los alimentos que están exentos del aumento de IVA de 4 puntos, que pasó del 12% al 16%.
En la publicación se indica que la “alícuota impositiva general a aplicarse en el Ejercicio Fiscal restante del 2018 y todo el Ejercicio Fiscal de 2019 se fija en 16%”. De acuerdo con el texto oficial, los rubros y empresas exonerados son los productos “del reino vegetal en su estado natural”, considerados alimentos para el consumo humano, y “las semillas certificadas en general”, material base para la reproducción animal e insumos biológicos para el sector agrícola y pecuario.
Igualmente aparecen especies avícolas, los huevos fértiles de gallina; los pollitos, pollitas, pollonas, para la cría, reproducción y producción de carne de pollo; y huevos de gallina. Otros de los productos exonerados del tributo, figuran alimentos de la lista de 25 rubros con precios regulados.
Alimentos exonerados según la Gaceta Oficial
- Arroz.
- Harina de origen vegetal, incluidas las sémolas.
- Pan y pastas alimenticias.
- Huevos de gallinas.
- Sal.
- Azúcar y papelón, excepto los de uso industrial.
- Café tostado, molido o en grano.
- Mortadela.
- Atún enlatado en presentación natural.
- Sardinas enlatadas con presentación cilíndrica hasta ciento setenta gramos (170 gr.).
- Leche cruda, pasteurizada, en polvo, modificada, maternizada o humanizada y en sus fórmulas infantiles, incluidas las de soya.
- Queso blanco.
- Margarina y mantequilla.
- Carnes de pollo, ganado bovino y porcino en estado natural, refrigeradas, congeladas, saladas o en salmuera.
- Mayonesa.
- Avena.
O.H. 丨 www.clapvenezuela.com