Clapvenezuela.- En un comunicado emitido por el Consejo Nacional Electoral (CNE), alerto para que las personas que salieron seleccionas para el proceso electoral del próximo 20 de mayo, que tengan algún impedimento para prestar el servicio electoral, tienen hasta el 7 de mayo para presentar la solicitud y los recaudos necesarios para ser exceptuados de esta obligación.
En la página web del Consejo Nacional Electoral (CNE) están los recaudos que se deben presentar ante las oficinas del organismo electoral.
En la página web del Consejo Nacional Electoral (CNE) están los recaudos que se deben presentar ante las oficinas del organismo electoral.

En la constitución de la república bolivariana de Venezuela, en su artículo 134 establece el servicio electoral, “Art. 134 Toda persona tiene el deber de prestar servicios en las funciones electorales que se les asignen de conformidad con la ley.”
Artículo 113 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, en los cuales se señala que estarán exceptuados del cumplimiento de este deber:
“artículo 113 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, para prestar el Servicio Electoral Obligatorio. Éstas son:
- Ser mayor de sesenta y cinco años de edad.
- Tener alguna discapacidad física, mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes.
- Ser candidato o candidata en el proceso electoral, ejercer un cargo de dirección nacional o regional en una organización con fines políticos o ser promotor o promotora de un grupo de electores y electoras.
- Prestar servicio de emergencia en razón de su profesión u oficio y aquellos trabajadores y trabajadoras, funcionarios y funcionarias que en razón de la naturaleza de sus labores le impide asistir a desempeñar sus funciones el día de las votaciones.
Quienes incumplan injustificadamente con el Servicio Electoral Obligatorio, serán sancionados con multas equivalentes a quince Unidades Tributarias (15 U.T.) y cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.) o arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.
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